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Testamento Cerrado. Protege tu privacidad y asegura tu legado

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¿Qué es un Testamento Cerrado?

El testamento cerrado es una modalidad prevista en el Código Civil que permite al testador mantener en secreto el contenido de su voluntad hasta el momento de su fallecimiento. Aunque su contenido permanece oculto, se otorga en presencia de notario, quien certifica su existencia y lo custodia hasta que deba abrirse tras el fallecimiento.

Este tipo de testamento es ideal para quienes desean mantener en privado sus disposiciones hasta que ya no estén presentes.

Ventajas del Testamento Cerrado

Máxima privacidad – Nadie, ni siquiera el notario, conocerá el contenido del testamento hasta su apertura
Seguridad jurídica – Aunque el contenido es secreto, el notario certifica su existencia y custodia
Flexibilidad total – Puedes modificar o revocar el testamento en cualquier momento otorgando uno nuevo
Evita conflictos familiares – Al no revelar las disposiciones hasta el fallecimiento, se minimizan tensiones previas

¿Cómo se hace un Testamento Cerrado?

  1. Primera consulta gratuita – Analizamos tus necesidades y te asesoramos sobre la mejor estructura para tu testamento.

  2. Redacción del testamento – El contenido lo redactas tú o lo hacemos en tu nombre.

  3. Firma y custodia ante notario – El testamento se introduce en un sobre cerrado que el notario sella y certifica, sin conocer su contenido.

  4. Registro en el Registro de Últimas Voluntades – Para que tus herederos puedan localizarlo tras tu fallecimiento.

    💡 El sobre solo se abrirá tras tu fallecimiento, en presencia de tus herederos y del notario.

¿Cuándo es recomendable hacer un Testamento Cerrado?

  • Si deseas mantener en secreto el contenido de tu testamento.
  • Si quieres evitar tensiones familiares previas al reparto.
  • Si planeas legados especiales o disposiciones que prefieres mantener privadas.
  • Si vives situaciones personales complejas o herencias sensibles.
Dudas más frecuentes
No, el notario no conocerá el contenido. Solo certificará su existencia y custodiará el sobre cerrado.
Si el sobre se daña o no se encuentra tras el fallecimiento, el testamento puede considerarse nulo. Por ello, es esencial dejar constancia de su existencia en el Registro de Últimas Voluntades.
Sí. Puedes revocarlo en cualquier momento otorgando uno nuevo.
Si el testamento no se localiza tras el fallecimiento y no está registrado, se aplicará la sucesión intestada.
Sí. Tanto el testamento abierto como el cerrado tienen plena validez legal. La única diferencia radica en la confidencialidad del contenido.

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